AMBIENTE

NIDO

Nuestras áreas pedagógicas están estructuradas en Ambientes:

AMBIENTE NIDO: Cuando hablamos de un Ambiente NIDO Montessori, nos referimos al ambiente preparado para niños y niñas de los 45 días de nacidos hasta lograr la caminata autónoma e independiente.

A partir del nacimiento, el niño emprende un camino formativo, este debe ser un ambiente preparado, nutritivo y libre de obstáculos.

Montessori señala que los primeros años son los mas importantes y delicados, ve al niño como un “embrión” que empieza a formar su personalidad.

 Características principales de un ambiente NIDO MONTESSORI:

    • Da respuesta a las necesidades de estabilidad, continuidad y acción, esenciales para el desarrollo psíquico de los niños y niñas durante el primer año de vida.

 

    • Proporciona experiencias significativas, respetando su ritmo

 

    • En el que puede explorar, ya que la independencia se da a través del libre movimiento, motivado por actividades que le permitan su desarrollo

 

    • Un espacio en el que se siente aceptado y seguro.

 

    • Diseñado a la medida del niño, organizado en zonas bien definidas, con materiales que responden a las necesidades reales e intereses exploratorios que caracterizan a esta etapa

 

    • El aspecto estético, los colores, la elección del mobiliario, la decoración, la calidad de la luz, todo debe ser armonioso, pues en este momento los niños son particularmente influenciables a los estímulos que les presente el entorno.

 

El paso de un ambiente a otro no lo marca la edad, sino el desarrollo de cada uno de manera individual. Cuando los niños y niñas comienzan andar y mantienen correctamente el equilibrio como para manejar correctamente los materiales entonces pasan a Comunidad Infantil.

 

“Cada niño es especial y único, con sus propias características como persona. No se trata de dar a todos lo mismo, sino a cada uno lo suyo” María Montessori.

 

Solicitud

Si estás interesado(a) acude a nuestras
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Comisión de Gobernación, Seguridad Pública, Protección Civil y Participación Ciudadana:
Será presidida por quien se ostente Titular de la Presidencia Municipal, a la cual le corresponde vigilar el cumplimiento de la normatividad que integra el Sistema Jurídico Mexicano; Fomentar el civismo y los sentimientos patrios entre la población; Promover la capacitación permanente de las y los empleados municipales, eficientando la prestación de los servicios públicos; Coadyuvar con las autoridades 
competentes municipales y de los demás niveles de gobierno, a preservar la seguridad pública, el orden y la
paz social en el Municipio; Supervisar la prestación del servicio social que se efectúe en la Administración Pública Municipal; Atender todo lo relacionado con los mecanismos de participación ciudadana que se desarrollen en el Municipio; Vigilar el cumplimiento de las disposiciones en materia de Protección Civil, que le corresponda observar al Ayuntamiento; Establecer, en su caso, en coordinación con las autoridades federales y estatales, las disposiciones o mecanismos de Protección Civil necesarios ante las
eventualidades que deba accionarse; Elaborar y presentar al Ayuntamiento, para su aprobación, en su caso, las iniciativas de reglamentos de su competencia; y, Las demás que en el ámbito de la competencia municipal
y disposiciones le sean aplicables;
 
Comisión de Gobernación, Seguridad Pública, Protección Civil y Participación Ciudadana:
Será presidida por quien se ostente Titular de la Presidencia Municipal, a la cual le corresponde vigilar el cumplimiento de la normatividad que integra el Sistema Jurídico Mexicano; Fomentar el civismo y los sentimientos patrios entre la población; Promover la capacitación permanente de las y los empleados municipales, eficientando la prestación de los servicios públicos; Coadyuvar con las autoridades 
competentes municipales y de los demás niveles de gobierno, a preservar la seguridad pública, el orden y la
paz social en el Municipio; Supervisar la prestación del servicio social que se efectúe en la Administración Pública Municipal; Atender todo lo relacionado con los mecanismos de participación ciudadana que se desarrollen en el Municipio; Vigilar el cumplimiento de las disposiciones en materia de Protección Civil, que le corresponda observar al Ayuntamiento; Establecer, en su caso, en coordinación con las autoridades federales y estatales, las disposiciones o mecanismos de Protección Civil necesarios ante las
eventualidades que deba accionarse; Elaborar y presentar al Ayuntamiento, para su aprobación, en su caso, las iniciativas de reglamentos de su competencia; y, Las demás que en el ámbito de la competencia municipal
y disposiciones le sean aplicables;
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